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MJ Martí Asesores

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RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2021, de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas excepcionales y adicionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia del agravamiento de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

20 enero, 2021 by mjmarti Deja un comentario

Nuevas medidas de restricción en todos los municipios de la Comunitat Valenciana:

  1. Cierre preventivo y la suspensión cautelar de actividades en:
    a) Centros recreativos de mayores y de jóvenes, y centros donde se desarrollen
    actividades festeras tradicionales.
    b) Establecimientos y actividad de hostelería y restauración, bares, cafeterías,
    restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento, salvo que en los mismos
    se preste servicio de recogida de comida y/o bebida en el local o envío a domicilio.
    Excepción: locales, establecimientos y actividades que, en virtud de sus especiales
    características, presten un servicio que se pueda considerar esencial o no
    sustituible.
    c) Establecimientos dedicados a actividades recreativas y de azar, entre los que se
    incluyen casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar,
    salones recreativos de máquinas de azar, salones de juego, tómbolas, salones cíber
    y similares.
  2. Medidas en locales comerciales:
  • Cierre de locales comerciales y las superficies comerciales a las 18:00 horas.
  • Excepción: establecimientos y locales comerciales dedicados a la actividad comercial
    esencial de alimentación, higiene, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de
    peluquería y venta de alimentos para animales.
  • No está permitido el uso de zonas comunes y recreativas de parques comerciales, excepto para el tránsito entre establecimientos comerciales.
  1. Medidas en deportes, actividad física e instalaciones deportivas:
  • Se podrá practicar actividad física y deportiva, al aire libre y fuera de instalaciones
    deportivas
  • Se suspenden todas las competiciones, actividades y acontecimientos deportivos de
    ámbito autonómico o inferior, organizados por entidades públicas o privadas.
  • Se procede al cierre de las instalaciones y de los centros deportivos, abiertos o cerrados.
    No se podrá realizar actividad física en instalaciones o centros deportivos abiertos o
    cerrados, incluyendo clubes, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos
    deportivos, pabellones, boleras, pistas para carreras, centros de pilates, yoga y
    similares.

4. Medidas relativas a residencias de estudiantes:

  • Se limita el uso de zonas comunes al 30% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos)
  1. Medidas relativas a velatorios, entierros y celebraciones:
  • Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas,
    limitando con un aforo del 30 % con un límite máximo de 15 personas en espacios al
    aire libre o de 10 personas en espacios cerrados.
  • Las ceremonias no religiosas podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o
    privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere
    1/3 de su aforo, con un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o de 10 personas
    en espacios cerrados.
    Efectos: por un periodo de catorce días naturales a contar desde las 00.00 horas del día 21 de enero de 2021.

Publicado en: Área agencias de viajes, Área Fiscal, Sin categoría Etiquetado como: cierre actividades hosteleria comunitat valenciana, cierre gimnasios comunitat valenciana, cierre locales comerciales comunitat valenciana, nuevas medidas restrictivas comunitat valenciana, resolucion conselleria 19/01/2021

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